El realismo de Alf Ross y el juego de ajedrez.
Ross utiliza como analogía del fenómeno social la idea del juego del ajedrez; ya que sólo se habla de vida social respecto a las conductas individuales relacionadas entre sí, de manera en la que se corresponden, entre movida y contramovida. Todo es recíproco.
La teoría del ajedrez permite entender el comportamiento social, donde alguien que conozca las reglas puede interpretar si está jugando bien o mal o incluso si tiene una técnica de juego específica. Siendo esas reglas las que ofrecen los tratados de ajedrez o los reglamentos oficiales de los congresos de ajedrecistas. La validez de dichas reglas se pondrá a discusión cuando regulen partidas determinadas en sujetos determinados; que les sean aplicables, y socialmente vinculantes.
El fenómeno del ajedrez y sus reglas no existen de manera independiente, ya que se relacionan mutuamente, siendo una “norma válida del ajedrez” como modelo del concepto “derecho vigente”, siendo el derecho compuesto por un fenómeno jurídico y por normas.
Las conductas sólo pueden ser vistas como elementos de un fenómeno jurídico si se ponen en conexión con las disposiciones legales que les dan sentido; el concepto de derecho vigente es definible y explicable fácilmente. Las interminables discusiones filosóficas sobre la naturaleza del orden jurídico tienen su origen en el supuesto de que éste deriva su vigencia de una idea a priori.
Ross divide dos grupos de preceptos: normal de comportamiento o normas de proceso, es decir, derecho subjetivo y adjetivo. El primero regula la conducta y el segundo regula la competencia y poder de la autoridad. Ambas regulan conductas, pero las normas de proceso están dirigidas a lor órganos de la jurisdicción.
Un sistema jurídico nacional es el conjunto de reglas relativas a la organización y funcionamiento de un aparato coactivo estatal.
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